Inocencia Fiscal: bancos argentinos mantienen cautela

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• Aunque la nueva ley sancionada pretende funcionar como un «blanqueo» para atraer dólares, los bancos argentinos priorizan el cumplimiento normativo

• El ingreso de dólares no declarados supone riesgos legales, costos operativos y escasos incentivos económicos para el sistema financiero

Inocencia Fiscal: bancos argentinos mantienen cautelaDesde el sistema financiero, la Ley de Inocencia Fiscal genera más preguntas que certezas. Aunque el Gobierno busca acelerar el ingreso de los llamados “dólares del colchón” al circuito formal, los bancos muestran una postura prudente y, en algunos casos, abiertamente escéptica. No por falta de voluntad, sino por una combinación de obligaciones regulatorias, riesgos legales y falta de definiciones clave.

La semana pasada, se realizó una reunión técnica en el Banco Central, de la que participaron las cámaras del sector y representantes de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA),  y el gerente principal del organismo ante la Unidad de Información Financiera (UIF). Pero persiste el hermetismo por parte de todos los participantes en la reunión.

Sin reglamentación, no hay margen de acción

La ley ya fue promulgada, pero para los bancos eso es apenas el primer paso. Mientras la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el Banco Central y la Unidad de Información Financiera (UIF) no emitan reglamentaciones claras y coordinadas, las entidades no están dispuestas a modificar sus procesos habituales.

Desde las cámaras bancarias repiten una idea central: las obligaciones de prevención de lavado de dinero siguen siendo exactamente las mismas. La noción de “inocencia fiscal” no elimina ni atenúa los estándares de compliance que rigen a nivel local e internacional. Pedir menos documentación sin respaldo normativo expone a los bancos a sanciones, multas y daños reputacionales.

Por eso, aun frente a las presiones públicas del Gobierno, las entidades prefieren esperar. Sin reglas escritas, ningún gerente de cumplimiento está dispuesto a asumir riesgos personales o institucionales.

El cruce de normas: un problema estructural

Uno de los mayores problemas que señalan los bancos es la superposición de regulaciones. Lo que puede no exigir ARCA en materia tributaria puede seguir siendo obligatorio para la UIF en términos antilavado. Y lo que la UIF permite puede chocar con normas del Banco Central.

Ejemplos concretos abundan:

  • ¿Hasta qué monto en efectivo se puede aceptar sin reportar?

  • ¿Qué documentación mínima habilita a no generar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS)?

  • ¿Cómo se valida el origen de fondos de alguien que nunca fue cliente del sistema bancario?

Sin una mesa conjunta entre todos los organismos involucrados, los bancos sostienen que no hay forma de “alinear criterios”. De hecho, las cuatro cámaras bancarias ya pidieron formalmente esa coordinación, sin obtener respuesta hasta ahora.

El riesgo internacional y la “lista gris”

Otro límite no negociable es el cumplimiento de los estándares del GAFI. La normativa antilavado argentina no es una decisión aislada del Gobierno de turno, sino parte de compromisos internacionales. Relajar controles sin respaldo técnico podría volver a colocar al país en la llamada “lista gris”, con consecuencias directas sobre el acceso al financiamiento externo y la operatoria bancaria internacional.

Desde ese ángulo, la urgencia política no alcanza. Para los bancos, el costo de incumplir es mucho mayor que el beneficio potencial de captar depósitos adicionales.

Más allá del marco legal, hay un argumento económico que pesa puertas adentro. A diferencia de otras épocas, hoy los bancos no ven un gran atractivo en sumar depósitos en dólares.

Las tasas son bajas, las oportunidades de crédito en moneda extranjera son limitadas y una parte importante de esos fondos termina inmovilizada en el Banco Central como encajes. En ese escenario, recibir dólares puede implicar un costo, no un negocio.

Dicho en términos simples: más dólares no necesariamente significan más rentabilidad para las entidades.

Efectivo, cripto y clientes nuevos: el foco del riesgo

El mayor nivel de alerta está puesto en el ingreso de efectivo, fondos del exterior o criptoactivos por parte de personas sin historial bancario. En esos casos, los bancos están obligados a extremar controles y, ante montos inusuales, a reportar la operación a la UIF.

Incluso con la nueva ley, la línea entre “dinero negro” y “dinero sucio” no desaparece. Y para los bancos, esa distinción no es teórica: es una responsabilidad legal directa.

Por eso, la postura predominante es clara. Los clientes habituales, con ingresos conocidos, tendrán un camino más sencillo. Los nuevos, con sumas relevantes y sin trazabilidad, deberán justificar el origen lícito de los fondos, como siempre.

En el sector financiero también hay dudas sobre el alcance macroeconómico de la medida. Experiencias recientes, como el intento de impulsar pagos en dólares con tarjeta de débito, mostraron que sin incentivos claros ni confianza sostenida, las iniciativas quedan a mitad de camino.

Desde esta óptica, la Ley de Inocencia Fiscal no parece suficiente para generar un ingreso masivo de dólares al sistema. No es un blanqueo tradicional, tiene topes, mantiene presunciones fiscales vigentes y no elimina el recuerdo de experiencias pasadas donde las reglas cambiaron después.

Para el sistema financiero, el mensaje es simple: sin reglamentación, sin coordinación y sin seguridad jurídica, los dólares del colchón seguirán donde están.

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